
Ser Occidente Asturias Eutanasia y Testamento Vital 06-05-2025 276x2d
Descripción de Ser Occidente Asturias Eutanasia y Testamento Vital 06-05-2025 q2j4m
Salud gestiona en 46 días la prestación de la eutanasia, desde el momento en el que se solicita la ayuda hasta que se aplica. Este plazo supone 21 días menos que la media nacional, que se situaba en 67 días en 2023, último año con datos completos para todo el país. De este modo, el Principado se coloca entre las comunidades que cumple con mayor rapidez este derecho. Además, los trámites se acortaron en Asturias en tres días en 2024 en comparación con el ejercicio anterior, según el informe anual elaborado por la Comisión de Garantía y Evaluación sobre la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), presentado en los últimos días. La comisión asturiana resuelve sus verificaciones en la mitad de tiempo que la media de las comunidades. En concreto, pasan 6 días desde el informe del médico consultor hasta la resolución, frente a los 12,3 a nivel nacional. 656j16
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Dábamos cuenta en estos últimos días –así lo explicaba la Consejería de Salud, que se gestiona aquí, en el Principado, en cuarenta y seis días– de la prestación de la eutanasia, un derecho que está reconocido, que es legal. Y, tras el informe que ha presentado, informe anual a la Comisión de Garantía y Evaluación sobre la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, correspondiente a 2024, aquí, en Asturias, vamos a hablar con su presidente –colaborador, además, en este espacio–, Pepe Fernández, que, bueno, lo tenemos al otro lado del teléfono. Buenos días, Pepe.
Hola, ¿qué tal, Norma? Muy buenos días. Bueno, formas parte de una comisión que, efectivamente, cada año debe de presentar unos datos que, bueno, dejan claro que, en el Principado, este derecho se tramita con mayor rapidez que la media nacional, ¿no? Sesenta y siete días en el resto, así de media, cuarenta y seis días aquí, en Asturias.
Algo que supongo sea satisfactorio para la comisión y, sobre todo, para las personas que solicitan el ejercicio de este derecho. Sí. Vamos a ver. Quiero aclarar que, realmente, la gestión de la prestación, el promedio de días que hacemos en Asturias son cuarenta y uno. Y me explico. Porque, después, en ese indicador entran los días que, por decisión de la persona, se retrasa la realización de la prestación. Es decir, una persona, cuando tiene concedida, por decirlo de alguna manera, autorizada la prestación, ya puede decidir cuántos días, qué día, aplazarla y lo que quiera.
Por lo tanto, el promedio ese de días, de cuarenta y seis, es incorporarlo, incluyendo estos días que las personas deciden posponer o cuándo quieren que se… Pero el promedio de días de gestión, desde que hay la primera solicitud hasta que se resuelve, son, realmente, cuarenta y uno. Que está ajustadísimo a lo que marca la ley. Que, más o menos, yo siempre digo que está en torno al mes y medio, ¿no?, el total de días que lleva la gestión de la prestación.
En el informe que se ha dado a conocer, que habéis presentado oficialmente, se ve que, más o menos, permanece estable el número de solicitudes de prestación de esta ayuda, cumplimiento de este derecho, aquí, en el Principado. Aunque sí que, entre las novedades, ha habido ya algún caso de solicitud de ejercicio de este derecho, aquí, en el Área Sanitaria 1.
Sí, claro. Es lógico que se produzca en el tiempo, porque estamos hablando de una cantidad para toda Asturias de treinta, treinta y cinco solicitudes, en las cuales, bueno, acaban en las autorizaciones, pues, un tercio, un poco menos, una cosa así, ¿no?, aproximadamente.
Y en el Área 1, pues, claro, ya se ha producido alguna solicitud. Nunca van a ser, nunca, bueno, nunca se sabe, pero, en principio, en estos tres años de gestión de la prestación, en el Área 1 lo que hemos tenido ha sido ninguna, ninguna, en el año.
Bueno, desde que una persona solicita el ejercicio del derecho, hasta que llega a vosotros y vosotros decidís si la confesión de ese derecho, digamos, es viable o no, ¿cómo es el procedimiento, Pepe? Vale, mira, en principio, una persona lo solicita, ¿no? Esta solicitud entra y, automáticamente, lo primero que se hace es nombrar, designar a una médica o médico responsable que acompañará todo el proceso a esta persona.
Entonces, lo primero que ocurre es que, durante quince días, hay un periodo que ya se llama, en la ley, deliberativo, en el cual la médica o el médico responsable le explican todo a la persona, le dicen qué alternativas puede tener diferentes a la eutanasia, es decir, los servicios sociales que hay, las posibilidades terapéuticas que puede tener o no, las alternativas a otro tipo de comportamiento, actitud o práctica, como puede ser una sedación, un tratamiento paliativo para su problema, etcétera. Todo con vistas a que, pasados quince días, la persona pueda decidir o bien ratificarse en su decisión y seguir adelante, o bien retrotraerse.
Y, durante ese tiempo también, la médica o médico responsable tiene que emitir un informe, un informe en el cual evalúa si se dan las condiciones que exige la ley de lo que llamamos el contexto eutanásico, es decir, una enfermedad grave, irreversible, sin tratamiento curativo, sin posibilidades de mejora de la calidad de vida, etcétera. Todo esto que dice la ley.
Entonces, ahí hay dos cosas. Primero, la reafirmación de la persona de continuar y, segundo, el informe favorable o desfavorable de la médica o médico responsable.
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